Publicación: Línea Jurisprudencial de la Corte Constitucional sobre el Principio de Gratuidad en la Administración de Justicia y sus Excepciones en Colombia
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Resumen
Este trabajo tiene por objeto, establecer una línea jurisprudencial, en relación con el desarrollo e interpretación judicial de que han sido objeto el principio de gratuidad en la Administración de justicia, tratando de develar, si las excepciones contempladas por la normatividad colombiana, no constituyen un trato inequitativo o discriminatorio por parte de quienes acceden a la justicia (formal o informal) para resolver sus controversias, amparados por la gratuidad, respecto de quienes lo hacen bajo la excepción de onerosidad. Para ello, acudimos a las principales fuentes jurisprudenciales de la Corte Constitucional, esto es, las sentencias de Constitucionalidad, de Unificación de Jurisprudencia o de revisión de Tutela, a su vez que las fuentes bibliográficas (Libros, artículos de revista, tesis de grado) que desarrollan el tema del principio de gratuidad de la justicia, desde distintos ámbitos. La anterior pesquisa tuvo como objetivo preliminar, aproximarnos a la cuestión que tomará forma al final, con la construcción y graficación de la línea jurisprudencial, a partir de la aplicación del método clásico diseñado por el Profesor López Medina (2009: p. 139), que consiste en la elección de las sentencias arquimédicas, sobre las cuales hicimos el análisis dinámico y de ingeniería de Reversa, para identificar dentro del nicho citacional (precedentes más relevantes citados por la Corte en la ratio decidendi de las Sentencias elegidas como punto Arquimédico), las sentencias hito que nos sirvieron de Punto nodal, sobre el cual se fundó, eventualmente se modificó y/o se consolidó la posición de la Corte en la línea jurisprudencial. Con lo anterior se buscó, en la medida de sus posibilidades, zanjar un aparente silencio de la Doctrina, respecto de la profundización que amerita la Gratuidad de la Justicia, y su régimen de excepciones, como garantía de acceso a la Administración de Justicia de todos los ciudadanos en condiciones de Igualdad, principio fundamental en un Estado Social de Derecho como el nuestro.