Publicación: La criminología y el derecho penal.
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Resumen
Dado que el hombre está dotado de una voluntad libre que le permite desarrollar sus facultades naturales, teniendo como única limitante, a esa libertad, su propia naturaleza; pero, en sociedad, esta libertad está forzosamente limitada por el respeto a la libertad de otros hombres; de aquí deriva la necesidad de normas o reglas que garanticen a cada miembro del cuerpo social, con una medida igual, el ejercicio de su actividad y desarrollo. La teoría y existencia de este principio constituye el DERECHO, en su acepción más extensa. Por tanto, el derecho como un conjunto de normas de observancia obligatoria para todos los miembros de la sociedad, que han sido establecidas por el Estado de acuerdo a procedimientos previamente establecidos, permiten la convivencia de todos los miembros de la sociedad entre sí, de las instituciones del Estado y la interrelación de éstas y la sociedad. Desde luego, la manifestación del derecho, en su aspecto práctico y real, es por medio o a través de la ley. Es evidente que las propuestas en materia de prevención y control del delito se caracterizan por el predominio de criterios eminentemente técnicos, situacionales, operativos, que buscan la eficacia y la eficiencia en el corto plazo. Razones por las cuales los debates “sociológicos” y/o “criminológicos”, sobre los derechos humanos, el sistema penal y la sociedad, quedan rezagados, pasando a un segundo plano.