Publicación: Informe de verificación de las condiciones de calidad del prestador de servicios de salud clínica de Cirugía Ambulatoria Conquistadores S.A. Informe de asesoría servicio de cuidados intensivos adulto
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Filiación Institucional
Universidad Cooperativa de Colombia, Facultad de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables, Especialización en Gerencia de la Calidad y Auditoria en Salud, Medellín y Envigado
Tipo de Material
Fecha
2021-10-12
Cita bibliográfica
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Descripción general
El Decreto 1011 de 2006 por el cual se establece el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud es aplicable a todos los Prestadores de Servicios de Salud, y establece cuatro componentes para garantizar la calidad de la prestación del servicio; en los que se encuentran: El Sistema Único de Habilitación (SUH), el Programa Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC) el Sistema Único de Acreditación en Salud (SUA) y el Sistema de Información para la calidad en Salud (SIC). Actualmente, el Sistema Único de Habilitación de servicios de Salud está normatizado bajo la Resolución 3100 de 2019, mediante el cual “se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los prestadores de servicios de salud y las empresas administradoras de planes de beneficios (EAPB).” Las exigencias de habilitación están referidas a condiciones mínimas de estructura y de procesos. Es responsabilidad del prestador de servicios de salud el cumplimiento y mantenimiento de todos los estándares de habilitación, independientemente que, para su funcionamiento participen diferentes organizaciones que aporten al cumplimiento de éstos. Así mismo, se estandariza un requisito de autoevaluación, el cual se tiene que hacer de manera previa a la inscripción como prestador de servicio en salud, al cuarto año de prestar el servicio estando vigente desde su inscripción inicial y, por último, antes del vencimiento de la renovación. Las condiciones de habilitación que deben cumplir los prestadores de servicios de salud, para su ingreso y permanencia en el Sistema Único de Habilitación del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud- SOGCS son tres: Contar con una Capacidad técnico-administrativa., Suficiencia patrimonial y financiera, y Capacidad tecnológica y científica, que como mínimo garantizaran la eficiencia del servicio. Según el Ministerio de Salud, 2021(Lineamientos para la verificación de la habilitación de los servicios de salud. s.f.) las condiciones técnico científicas las conforman los estándares y criterios definidos en cada uno de los servicios de salud contenidos en el manual de inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud, adoptado por la Resolución 3100 de 2019 y son de obligatorio cumplimiento para todos los prestadores de servicios de salud que habiliten servicios de salud. El enfoque de riesgo es el eje sobre el cual giran los criterios de habilitación y debe ser cumplido y verificado por parte de los diferentes actores en forma obligatoria. Se debe recordar que las condiciones de habilitación incluyen los requisitos que deben cumplir los prestadores según como realicen su inscripción en el REPS. Las condiciones de capacidad tecnológica y científica incluyen los 7 estándares y los criterios definidos para cada estándar. “El objetivo de la verificación de las condiciones de habilitación es constatar el cumplimiento de la norma de habilitación por parte de los prestadores de servicios de salud, desde el enfoque de seguridad del paciente.”, para ello, en esta visita se programó la revisión de todos los 7 estándares contenidos en la Resolución 3100 de 2019 en el servicio de Cuidado intensivo adulto, a la Clínica de Cirugía Ambulatoria Conquistadores S.A. en Medellín, Antioquia. Para la ejecución de dicho proceso, previamente se establecieron los objetivos y el alcance de la visita, se notificó a la institución, señalando el equipo verificador, fecha y hora de la visita y el servicio a ser verificado y se dispuso de los elementos requeridos para realizar y documentar los hallazgos. Para el momento de la verificación, la Resolución 3100 de 2019, la cual derogó a la Resolución 2003 de 2014, ya entró en vigencia y nos encontramos en un periodo de transición en el que, las instituciones de salud que deseen continuar con la prestación de los servicios, deberán acogerse a esta nueva norma. Por ello, para nosotros como aspirantes al título de la especialización Gerencia de la Calidad y Auditoria en Salud, es de suma importancia la complementación de los estudios realizados, con el diplomado de Verificación de Condiciones de Habilitación para los servicios de Salud, y la ejecución de la practica realizada en la institución Clínica de Cirugía Ambulatoria Conquistadores S.A. que permitiera la asesoría y asistencia técnica en materia de calidad en los diferentes estándares para el servicio de Cuidado Intensivo Adulto. Todo esto, enmarcado dentro de un informe que dé cuenta de la realidad actual de lo verificado y que, posteriormente sirva como oportunidad de mejora a la institución para realizar las correcciones a incumplimientos en pro del mejoramiento continuo que represente para la comunidad, acceso a un servicio con calidad, calidez y eficiencia de acuerdo a las normas vigentes del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud (SOGCS).