Publicación: Responsabilidad civil extracontractual en el daño ecológico.
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Filiación Institucional
Universidad Cooperativa de Colombia, Facultad de Ciencias Sociales, Derecho, Medellín y Envigado
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Fecha
2005-09-27
Cita bibliográfica
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Descripción general
Colombia es una zona de una alta confluencia intertropical de los vientos e importante sector hidrográfico. Posee una amplia diversidad y complejidad biológica, geográfica, geológica y climática; y aunque no es del tema entrar en la descripción de nuestra riqueza natural, si es este; punto de partida para determinar el alcance e importancia de un sistema jurídico amplio y sólido que proteja mencionado patrimonio. Pues bien, toda esta riqueza está en peligro, y es gracias a una crisis denominada ambiental atribuible a la incapacidad e ineficacia del Estado, y carencia de políticas preventivas en el control de la relación de sus asociados con el Medio Ambiente que los sostiene.
Múltiples fenómenos atacan la ecología de Colombia, y solo a través de soluciones integrales puede darse una solución a dichos complejos. La normatividad vigente en materia ambiental que opera actualmente en Colombia es inoperante e ineficaz, ya que son meros postulados sin cohercibilidad y enfáticos en las dinámicas industriales, ignorando las demás esferas en donde es igualmente importante la incidencia de las conductas del ser humano en deterioro del Medio Ambiente.
Políticamente son muchas las competencias atribuibles a los diferentes órganos que en la actualidad regulan la dinámica ambiental y no existe una debida comunicación entre los mismos, o por lo menos una directriz que indique que actúan con objetivos afines. La base normativa sobre la cual reposa la regulación del medio ambiente en Colombia, no solo carece de consecuencia jurídica eficaz, además se ve únicamente el desarrollo de políticas de tramites administrativos; y si bien estos tramites son importantes, resulta más importante aún, no limitar la dinámica de la responsabilidad por los daños ecológicos, y por el contrario se debe ampliar a las demás órbitas, como a la civil, donde las relaciones jurídicas entre los particulares cobran vigencia.Cabe anotar que se parte del fenómeno histórico del daño en el medio ambiente, mencionando la incidencia ecológica, y no profundizando en la misma, ya que es más propio de las ciencias naturales desarrollar ese tópico. Nos enfrascamos en la órbita jurídica, y partiendo de la normatividad vigente o marco legal actual, se debe determinar la incidencia que tienen las normas ambientales dentro de la responsabilidad que tienen los individuos cuando vulneran la estabilidad ambiental.