Publicación: Auditoria de cumplimiento a los nueve estándares del sistema único de habilitación de consulta externa de la I.P.S. Prosalco Caribe 2010
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Resumen
El Sistema Único de Habilitación constituye el ingreso al Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud. Su finalidad es proteger al paciente de condiciones inadecuadas en la prestación de servicios que generen riesgo para su salud. Ésta es la definición del Sistema Único de Habilitación en el contexto de la política de prestación de servicios de salud en Colombia. El proceso de Habilitación, establecido en el decreto 2309 de 2002 por el Ministerio de Protección Social, tiene su origen en la Constitución Política Nacional que determina la responsabilidad del Estado en la organización, dirección y reglamentación de los servicios públicos de salud, así como el de la vigilancia y el control en la prestación de los servicios de salud. La política de seguridad del paciente se aborda como un programa continuo, donde el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad avanza un paso más en la política claramente establecida que debe ser entendida por todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud de esa forma. El Sistema Único de Habilitación está definido en el artículo 6 del Decreto 1011 de 2006, como el conjunto de normas y estrategias que son indispensables para la entrada y permanencia de todos los estándares, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios y se materializa en la Resolución 1043 del 2006. Al realizar un acercamiento al cumplimiento de éstos estándares del Sistema Único de Habilitación en la I.P.S. Prosalco sede Caribe, se encuentra que se deben realizar ajustes detalladamente en cada uno de ellos para garantizar el cumplimiento de las condiciones conforme a las condiciones de capacidad tecnológica y científica, Suficiencia patrimonial y financiera y técnico administrativa.